Los bancos Santander y Popular tendrán que devolver el dinero ingresado en las cuentas de la promotora Aifos por el comprador de una casa, al no haber exigido garantías. La sentencia ha sido dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Málaga.
El 12 de agosto de 2003 el comprador firmó un contrato con la promotora Aifos Arquitectura y Promociones Inmobiliaria S.A. El contrato en cuestión era de adquisición de vivienda en construcción. El afectado -de nacionalidad británica- compró una vivienda que se iba a construir en Mijas (Málaga), concretamente en el conjunto residencial “Aifos Hipódromo”, pero esta no fue entregada en el plazo contractualmente pactado.
En el año 2013, la promotora fue obligada a devolver el dinero al interesado mediante resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Málaga y confirmada por la Audiencia Provincial de Málaga.
No obstante, tras reclamación judicial, en la actualidad serán los dos bancos citados los que tengan que hacerse cargo de la devolución al no haber abierto una cuenta especial y haber exigido garantías, conforme establece la ley.
El comprador ingresó un total de 70.251,50 euros en las cuentas de la promotora. De ellos, 29.100 € eran en concepto de reserva y firma de contrato, y 41.151,50 € por el pago de diversos efectos.
Según la mencionada sentencia, el Banco Popular tendrá que hacerse cargo de la devolución de 29.100 €, y el Banco de Santander de 20.575,75 €.